Uno de los primeros aciertos del gobierno Santos fue revocar la fusión de
ministerios dispares en la era Uribe, incluyendo los de Ambiente y Vivienda.
Pero una norma reciente confirma que el Ministerio de Ambiente está siendo
absorbido de nuevo, esta vez por el de Minas.
Por: César Rodríguez
Garavito
Me
refiero al decreto 2691, expedido sigilosamente en la víspera de navidad. El
decreto hace todo lo contrario a lo que dice proponerse. Con el pretexto de
cumplir un fallo de la Corte Constitucional (C-123/14) —que ordenaba al
Gobierno lograr acuerdos con las autoridades locales antes de aprobar proyectos
mineros que afecten el ambiente, el agua o la salud en los municipios—, el
decreto les hace una gambeta a la Corte, los alcaldes y los concejos, al darles
plena discreción al Minminas y a la Agencia Nacional de Minería en este tipo de
determinaciones. Y deja al Minambiente como simple ejecutor de la decisión,
reiterando que, a falta de fusión formal, esta cartera se ha convertido en un
apéndice de la de Minas.
El primer salto de su gimnasia jurídica es dictar que los concejos
municipales sólo pueden “solicitar” medidas a Minminas, que puede o no
aceptarlas, aun cuando sean necesarias para proteger el ambiente, el agua o la
salud. Lo cual contraría la orden de la Corte de darles a las autoridades
locales participación “activa y eficaz” en estas decisiones, como lo exigen las
normas constitucionales sobre la autonomía territorial y la competencia de los
municipios para regular el uso del suelo. Olvidada queda también una decisión
reciente del Consejo de Estado, que suspendió otro decreto del Gobierno (el 934
de 2013), justamente por haber limitado indebidamente la facultad de los
municipios de restringir, incluso excluir, la minería de sus territorios.
El resto del decreto está diseñado para hacer imposible que los municipios
puedan presentar siquiera esas tímidas solicitudes. Les exige que realicen y
financien los estudios que deben respaldar sus peticiones. Si el Minambiente no
tiene la información ni la capacidad para hacer los complejos estudios
geológicos, hidrológicos, de salud pública, etc., que son necesarios para
precisar los impactos de una mina de oro o carbón, ¿cómo se espera que los
tengan los municipios? Si esto no fuera obstáculo suficiente, impone un tiempo
récord de tres meses para someter y sustentar las solicitudes. Con lo que, de
paso, el 23 de marzo (a tres meses de la expedición del decreto) quedarían
blindadas todas las concesiones mineras en trámite.
Si quedara alguna duda sobre quién manda y cuáles son las prioridades, los
artículos finales del decreto las despejan. El Minminas puede rechazar las
solicitudes alegando asuntos formales, o denegarlas invocando “el
fortalecimiento económico y social del país” o el “aprovechamiento eficiente”
de los recursos naturales, sin la inconveniente participación de un Minambiente
autónomo.
“Se acata pero no se cumple” era el dicho colonial que describía este tipo
de burla al derecho so pretexto de obedecerlo. Dudo que los municipios, las
cortes y la ciudadanía la dejan pasar.
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César Rodríguez Garavito **Miembro
fundador de Dejusticia. @CesaRodriGaravi / | Elespectador.com
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